Lina Prieto Abogados ABOGADOS EXPERTOS EN EXTRANJERÍA Y DERECHO INTERNACIONAL
Son muchos los familiares extranjeros no comunitarios que vienen a España o a algún país de la Unión Europea (UE) para residir y trabajar legalmente para obtener una mejor vida o alcanzar un sueño laboral. Con el paso del tiempo, ellos quieren traerse a sus respectivas familias que han dejado en su país de origen. Esto se puede conseguir gracia a un Permiso de residencia que se conoce bajo el nombre de Reagrupación Familiar y el cual os vamos a explicar con todo detalle aquí en Lina Prieto Abogados, tus Profesionales en trámites de Extranjería:
Tal y como hemos introducido en el punto anterior, la reagrupación familiar sería el permiso de residencia temporal que se concede al cónyuge o persona con la que el reagrupante esté manteniendo una relación afectiva, pero de mismo modo es incompatible por parte del reagrupante solicitar el permiso para más de un cónyuge o pareja.
Cualquier extranjero, que no proceda de un país no miembro de la UE, puede pedir el Permiso de Residencia por Reagrupación Familiar toda aquella persona que lleve viviendo en España o un país de la Unión Europea un plazo de tiempo de un año o más de esta manera puede solicitar el permiso de residencia para, como se ha mencionado anteriormente, su cónyuge o persona con la que mantenga una relación afectiva siendo esta persona extranjera no comunitaria, de igual manera se puede solicitar dicho permiso para toda aquella persona considerada parte de la “familia extensa”, incluyendo a hijos menores de 21 años, tíos, abuelos, nietos y hermanos.
En Lina Prieto Abogados, tus profesionales en extranjería, destacamos que cualquier solicitante pueda conseguir su permiso, viendo a continuación los distintos puntos a tener en cuenta:
De misma manera hay que presentar la dependencia económica del reagrupado:
3) Que el reagrupante cuente con una vivienda adecuada reuniendo las condiciones suficientes para que ambas personas vivan de manera digna con unos mínimos garantizados. Se demostrará con el informe de vivienda adecuada otorgado por parte del ayuntamiento de la ciudad en cuestión
4) Se demostrará el vínculo de parentesco mediante certificados de nacimiento o matrimonio
5) En caso de que el reagrupante no trabaje, se requiere un seguro médico privado con una cobertura total en el territorio español
Los abogados de Lina Prieto Abogados, el despacho experto en extranjería, te recomendamos que cualquier interesado que cumpla los requisitos debe presentar la siguiente documentación para que la solicitud sea válida y por lo tanto se pueda llevar a cabo:
· Copia del pasaporte
· Copia del permiso de residencia
· Fotocopia del pasaporte del familiar que se desea traer a España
· Documento que acredite el vínculo familiar
· Información de vivienda adecuada
· Documentación acreditativa de los recursos económicos suficientes
· Seguro de salud privado
En cuanto a la solicitud el visado en el consulado español en el país de origen, el reagrupado deberá aportar:
· Formulario de solicitud de visa nacional
· Pasaporte
· Antecedentes penales debidamente legalizados o apostillados
· Certificado médico que demuestre que no sufre ninguna enfermedad grave conocida en el reglamento que imposibilita la entrada
· Documentación que acredite los vínculos familiares con el reagrupante
Una vez el extranjero está en España con su visado, para obtener la tarjeta de residencia deben de presentar:
· Fotos de carnet (a color)
· Documento que acredite el pago de la tarifa correspondiente para el trámite
· Modelo EX-17 rellenado
El tiempo que tarda el trámite en ser realizado desde su inicio hasta el final tiene una duración de entorno 4-5 meses, dependiendo este de la duración de la recopilación de la documentación necesaria.