El matrimonio es un paso de gran importancia, no sólo a nivel personal sino patrimonial. No obstante, el proceso puede llegar a complicarse un poco cuando uno de los contrayentes es extranjero y además no se encuentra físicamente en territorio español.

Aunque parezca imposible, lo cierto es que nuestra legislación permite realizar un matrimonio con poder notariado, cuando uno de los contrayentes reúne estas condiciones. Si ésta es su situación, le contamos todo lo que debe saber.

¿Qué es el matrimonio por poderes?

Lo primero que debemos decir sobre este tema es que es un procedimiento establecido y regulado por el Código Civil. Asimismo, no existe impedimento alguno para que este trámite matrimonial lo inicien tanto españoles como extranjeros residenciados en nuestro país.

Sabiendo esto, pasemos a detallar la situación en la que es posible llevarlo a cabo y los requisitos que debe reunir la pareja. Así, el matrimonio por poderes, entonces será posible cuando los contrayentes se encuentran localizados en sitios diferentes, específicamente uno se encuentra en España y el otro en otro país. Es decir, por diferentes circunstancias, ambos miembros de la pareja no pueden estar presentes en el momento de la celebración del matrimonio.

Es en estos casos en los que se puede recurrir a este método para contraer matrimonio. De esta manera, un poder notarial vendrá a sustituir la presencia del contrayente que está lejos.

Documentación para la celebración de matrimonio por poderes

El contrayente que se casará por apoderado, debe haber concedido poder especial, en forma auténtica, a esta persona que manifestará su consentimiento. Asimismo se desprende, que la presencia del otro contrayente siempre será necesaria.

Adicionalmente, para la celebración de un matrimonio por poder, se deberán aportar los siguientes documentos de ambos contrayentes: solicitud para contraer matrimonio; pasaporte; permiso de residencia o documento que acredite la identidad; certificado de empadronamiento o de residencia; partida literal de nacimiento.

También deberá aportarse el documento que señale la necesidad de publicación de edictos o no de conformidad con la ley de su país (contrayente extranjero) y certificado de capacidad matrimonial. Es de destacar, que se deberá informar a los funcionarios del Registro Civil, la dirección del Consulado o Embajada más cercana al domicilio del contrayente en el extranjero.

Es importante tener en cuenta que todos los documentos, antes mencionados deberán estar legalizados por el Consulado o Embajada de España en su país o por el Consulado o Embajada de su país en España. En los casos que aplique, bastará con la Apostilla de la Haya. De igual modo, deben ser presentados traducidos al castellano por un intérprete oficial, de ser el caso.

Finalmente, pero de suma importancia, se deberá presentar un poder notarial, cuyas características detallaremos de seguidas.

Características del poder notarial para contraer matrimonio

Tal como se puede sospechar, este poder deberá cumplir una serie de formalidades particulares, que lo diferenciarán de otro tipo de poderes. Para iniciar, indica el Código Civil que el mismo debe indicar expresamente la persona con quien ha de celebrarse el matrimonio. En tal sentido, se exige tener precisión de las circunstancias personales que determinan su identidad, cuya suficiencia será apreciada por el funcionario que tramite el expediente matrimonial.

Este poder notarial deberá estar legalizado o apostillado y, en los casos en los que aplique, adicionalmente deberá estar traducido por un traductor jurado y autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Entre los aspectos que debe cubrir este poder especial encontramos: autorizar a una persona en territorio español para instar el expediente de matrimonio, recibir notificaciones y prestar el consentimiento matrimonial.

El poder debe ser redactado en forma de escritura pública y señalar expresamente que el contrayente ausente otorga en favor del apoderado su representación en la celebración del matrimonio.

En lo que respecta al lugar de otorgamiento del mencionado poder puede realizarse ante Notario, ante Cónsul o Representante Consular del país de origen, y debe constar en original en el expediente matrimonial.

Fecha de celebración del matrimonio

Ahora bien, una vez se presente la documentación antes señalada, se deberá contar con 2 testigos, para acudir al registro civil e iniciar el expediente matrimonial previo. En este momento, se envía un exhorto al Consulado Español del domicilio del contrayente en el extranjero, quien deberá llevar a cabo una comparecencia reservada en la que presta su consentimiento. Durante esta audiencia reservada, se le formularán preguntas sobre el otro contrayente, con lo que se busca dejar constancia que no se trata de un matrimonio a conveniencia, sino que realmente se conocen y existe un vínculo.

Si todo se encuentra en orden, gestionado y verificados los requisitos, se establece la fecha para la celebración del matrimonio.

Ventajas del matrimonio por poderes en España

En la mayoría de los casos en los que los novios optan por este tipo de matrimonios, se tiene la intención de que el cónyuge en el extranjero pueda finalmente vivir con su pareja en España. Por ello una de las ventajas que presenta este método es que el matrimonio se inscribe en el Registro Civil español de forma directa, después de todo se celebró en España.

Este detalle nos permite tener un Libro de Familia español y un Certificado de matrimonio que acredita el vínculo matrimonial. Todo esto le permitirá al cónyuge en el extranjero entrar a España, como familiar de un ciudadano español, para los casos en los que no necesite visado según su país de origen. De igual manera, En supuesto de que el visado sea requerido, podrá tramitar en el Consulado de España de su país, el visado de reagrupación familiar comunitaria.

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