Una vez que se ha obtenido la nacionalidad española, es normal que surjan muchas dudas sobre cómo proceder de ahora en adelante. Uno de los aspectos por el que más se preocupan los nuevos nacionalizados, tiene que ver con su relación con las distintas administraciones en las que se encuentran registrados como extranjeros. ¿Qué sigue ahora? ¿Cambian en algo las obligaciones o los derechos ante estos organismos?

Conozcamos más al respecto y qué se debe hacer una vez obtenida la nacionalidad.

seguridad social

Informar el cambio de nacionalidad

Obtenida la nacionalidad, es sabido que el proceso no ha terminado, pero sí que ha logrado lo más complicado. Después del acto de Jura, podrá tener su certificado de nacimiento, con lo cual podrá tramitar su DNI y Pasaporte español.  Pero aún quedan pendientes otros trámites, mucho más sencillos, aunque igual de importantes.

Entre los pasos a seguir se destaca: informar del cambio de nacionalidad a todos aquellos organismos tanto públicos como privados en que se encuentre registrado como extranjero. De esta forma, dará a conocer que ha pasado de tener un NIE o tarjeta de extranjero a un DNI o documento nacionalidad.

Así las cosas, una de las primeras instancias a las que se deberá notificar son a la Seguridad Social, así como a la Agencia Tributaria, al ayuntamiento, entidades bancarias, entre otros.

Es importante destacar que con la nacionalidad española se incrementa considerablemente la cobertura jurídica, ya que su estatus jurídico es diferente. No obstante, este cambio no implica necesariamente que la relación que ha mantenido con estas administraciones como extranjero vaya a sufrir una transformación. Por el contrario, no van a existir grandes diferencias a la relación que ya se mantenía.

¿Por qué informar a Seguridad Social? ¿Aumenta la cobertura?

En este punto, es necesario mantener lo antes explicado; es decir, si cuando era extranjero usted estaba registrado en Seguridad Social porque tenía un trabajo o porque era autónomo, esto va a seguir siendo así. En tal sentido, gozará de los mismos derechos y estará obligado a los mismos deberes que esta relación implicaba.

Ahora bien, dado que la obtención de la nacionalidad conlleva un nuevo número de identidad y en algunos casos un cambio de nombres y apellidos, es preciso indicarle a Seguridad Social que esta nueva identificación se corresponde con el NIE y el nombre que utilizaba mientras era extranjero. Realizada esta notificación la relación se mantendrá igual, por lo que su cobertura no cambiará.

Sin embargo, para la tarjeta sanitaria será necesario asistir a su centro de salud con su nuevo DNI y solicitar una nueva con su nueva identificación.

Certificado de Concordancia

Uno de los documentos que le facilitará este proceso de notificación es el Certificado de Concordancia, el cual siempre es recomendable tramitar en cuanto obtenga su DNI y Pasaporte español. Con este instrumento, quedará acreditado que el número de NIE que usaba cuando era extranjero y el DNI y Pasaporte español, identifican a la misma persona.

De esta forma, será más sencillo acudir a las distintas administraciones con la finalidad de actualizar los datos personales. Este importante paso nos evitará múltiples dolores de cabeza a futuro.

¿Cómo realizar el cambio de datos en Seguridad Social?

Tal como lo hemos señalado, si ya estaba afiliado a la Seguridad Social siendo extranjero, después de adquirir la nacionalidad española continuará su afiliación pero con un número de DNI. En este aspecto no variará mucho la relación, pero sin dudas su nuevo estatus jurídico le abrirá las puertas a puestos de trabajo a los que no podía acceder siendo extranjero, pero la cobertura sanitaria va a seguir siendo la misma.

Dicho lo anterior, pasemos a conocer cómo se realiza este cambio de datos ante Seguridad Social.

– Lo primero que debemos señalar es que este procedimiento puede realizarse telemáticamente, aunque no posea identificación electrónica y esté inscrito en el sistema cl@ve, a menos mientras se mantengan las condiciones sanitarias actuales.

– La solicitud se formula a través del modelo TA.1, disponible en la página web de la Seguridad Social. Al mismo se debe anexar en un solo archivo, copia del NIE y del DNI. Es importante que este archivo digital no supere los 10 Mb.

– Con estos recaudos a mano, solo bastará con ingresar al portal web de la Seguridad Social, donde en la esquina superior izquierda, encontraremos la opción “Ciudadanos” seleccionando después “Otros procedimientos”. De seguidas, deberá presionar la opción “Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Tesorería General de la Seguridad Social)” y finalmente, “Más información”.

En este punto deberá seguir las instrucciones incluyendo la selección de la forma de acceso, si bien con el sistema “Cl@ve” o a través de certificado electrónico. Una vez logre el acceso, será cuestión de completar el formulario y explicar de forma clara la solicitud, que en el caso que nos ocupa es, cambio del NIE por el DNI por obtención de nacionalidad española. Enviada la solicitud, podrá descargar en formato pdf el recibo de la gestión.

Cambio de datos en el Padrón Municipal

En lo que se refiere al Padrón Municipal, aplica la misma explicación dada anteriormente, se debe notificar los nuevos datos personales al Ayuntamiento correspondiente, bajo el número de DNI, aunque su relación con esta administración no sufrirá mayores cambios. Esto es así, salvo que ya no tendrá que renovar el Padrón Municipal cada dos años, tal como se le exige obligatoriamente a los extranjeros.

Cambio de datos en Hacienda

Tal como ocurre en los casos anteriores, se hace necesario comunicar a la Agencia Tributaria el cambio de NIE a DNI. Para ello, deberá presentar el modelo 030 cumplimentado, en donde se incluyan los datos anteriores que lo identificaban como extranjero y los nuevos reflejados en su DNI.

Este modelo 030 puede descargarse en la web de la agencia tributaria y su presentación puede hacerse de forma telemática, aunque es necesario poseer firma digital.

Actualización de datos

Si bien no mencionamos la totalidad de organismos a los que debe acudir para cambiar sus datos, si es importante resaltar que debe realizar este proceso en cada organismo del estado donde se encuentre registrado. En igual sentido, en aquellas entidades privadas como lo son los bancos, donde será vital su correcta identificación.

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