Cuando los ciudadanos de un país quieren ingresar a otro, es posible que necesiten una autorización especial para hacerlo. Aquí es donde entra en escena la visa, que no es otra cosa que una autorización (aunque condicionada) que otorga un país a un ciudadano extranjero, para entrar y permanecer temporalmente en su territorio.

Esta es la forma como los diferentes países legalizan o controlan la entrada o estancia de personas que no tengan nacionalidad.

En razón de lo anterior, en este artículo encontrarás dos listas: la primera contiene los países que requieren visa para que sus ciudadanos ingresen a España y la segunda son los que no la requieren.

Ciudadanos de países que sí requieren un Visado para entrar a España

A continuación, se detallan los países a cuyos nacionales se les exige visa en los Estados miembros sujetos a la normativa española o de la UE:

AFGANISTÁN

ANGOLA

ARABIA SAUDÍ

ARGELIA

ARMENIA

AZERBAIYÁN

BAHRAIN

BANGLADESH

BELARÚS

BELICE

BENIN B

HUTÁN

BIRMANIA/MYANMAR

BOLIVIA

BOTSWANA

BURKINA FASO

BURUNDI

CABO VERDE

CAMBOYA

CAMERÚN

CHAD

CHINA

COMORAS

CONGO

COREA DEL NORTE

COSTA DE MARFIL

CUBA

DJIBOUTI

ECUADOR

EGIPTO

ERITREA

ETIOPÍA

FILIPINAS

FIJI

GABON

GAMBIA

GHANA

GUINEA

GUINEA BISSAU

GUINEA ECUATORIAL

GUYANA

HAITÍ

INDIA

INDONESIA

IRÁN

IRAQ

JAMAICA

JORDANIA

KAZAJSTÁN

KENIA

KIRGUISTÁN

KUWAIT

LAOS

LESOTO

LÍBANO

LIBERIA

LIBIA

MADAGASCAR

MALAWI

MALDIVAS

MALI

MARRUECOS

MAURITANIA

MONGOLIA

MOZAMBIQUE

NAMIBIA

NEPAL

NÍGER

NIGERIA

OMÁN

PAKISTÁN

PAPUA N. GUINEA

QATAR

REP. CENTRO AFRICANA

REP. D. DEL CONGO

REP. DOMINICANA

RUSIA

RWANDA

STO. TOMÉ

PRÍNCIPE

SENEGAL

SIERRA LEONA

SIRIA

SOMALIA

SRI LANKA

SUDÁFRICA

SUDÁN

SUDAN DEL SUR

SURINAME

SWAZILANDIA

TAILANDIA

TANZANIA

TAYIKISTÁN

TOGO

TÚNEZ

TURKMENISTÁN

TURQUÍA

UCRANIA

UGANDA

UZBEKISTÁN

VIETNAM

YEMEN

ZAMBIA

ZIMBABWE

AUTORIDAD PALESTINA

KOSOVO (Según se define en la Resolución No. 1244, de fecha 10 de junio de 1999, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas)

Aquí es importante recordar que las personas que sean ciudadanos de un país de la lista anterior necesitarán Visa en cualquier caso para poder ingresar a España. Además, el visado deberá especificar si desea ingresar como turista o para residir y/o trabajar o estudiar en territorio español.

Ciudadanos de países que no necesitan Visado para entrar a España

A los ciudadanos provenientes de los siguientes países no se les exigirá ningún tipo de visado para poder ingresar o permanecer en el territorio español, según el reglamento (CE) N.º 539/2001.

ALBANIA (Para este país existe una exención a la obligación de visa que únicamente se aplica a los titulares de pasaportes biométricos).

ANDORRA

ANTIGUA Y BARBUDA

ARGENTINA

A.R.Y.M. (Ant. Rep. Yugoslava Macedonia) (Para este país existe una exención a la obligación de visa que únicamente se aplica a los titulares de pasaportes biométricos).

AUSTRALIA

BAHAMAS

BARBADOS

BOSNIA HERZEGOVINA (Para este país existe una exención a la obligación de visa que únicamente se aplica a los titulares de pasaportes biométricos).

BRASIL

BRUNEI DARUSSALAM

CANADÁ

CHILE

COLOMBIA

COREA DEL SUR

COSTA RICA

DOMINICA

EL SALVADOR

EMIRATOS ARABES UNIDOS

ESTADOS UNIDOS

GEORGIA

GRANADA

GUATEMALA

HONDURAS

ISRAEL

JAPÓN

KIRIBATI

MALASIA

MARSHALL ISLAS

MAURICIO

MÉXICO

MICRONESIA

MOLDOVA

MÓNACO

MONTENEGRO

NAURU

NICARAGUA

NUEVA ZELANDA

PALAOS

PANAMÁ

PARAGUAY

PERÚ

SALOMÓN (ISLAS)

SAMOA

SAN CRISTOBAL Y NIEVES

SAN MARINO

S. VICENTE Y GRANADINAS

SANTA LUCÍA

SANTA SEDE

SERBIA

SEYCHELLES

SINGAPUR

TIMOR ORIENTAL

TONGA

TRINIDAD Y TOBAGO

TUVALU

URUGUAY

VANUATU

VENEZUELA

En este punto hay que prestar atención al motivo que tengan las personas para ingresar al territorio español. Ya que, si bien es verdad que no requieren el visado para entrar a España como turista ni como familiar de un ciudadano comunitario, sí lo van a necesitar para otros tipos de estadía.

Por otro lado, esta autorización para nada significa que puede llegar a España sin ningún documento ni demostrar nada.

En algunos casos, el ciudadano tendría que demostrar y reunir a su entrada al aeropuerto los mismos requisitos que debe probar ante el Consulado aquel ciudadano que sea de un país al que sí se le exige visado.

Así, a la hora de entrar al país deberá aportar en caso de ser requerido en el control de pasaportes algún documento que valide su visita. Este documento puede ser una carta de invitación o bien la reserva de hotel, esto con la finalidad de probar que se quedará en algún sitio.

Además de aportar el Pasaporte, también deberá demostrar que cuenta con los medios económicos necesarios para mantenerse durante su estadía (a razón de aproximadamente 68 euros diarios). De igual forma deberá presentar pruebas de que dispone de un seguro médico privado y que dispone de reserva de avión ida y vuelta.

Ciudadanos de países que aun no necesitando visado para entrar a España sí requieren visado para residir y/o trabajar o estudiar legalmente

Un ciudadano de un país que no requiere visado como turista o como familiar de comunitario pero su intención es residir y/o trabajar o estudiar en España, está en la obligación legal de solicitar el correspondiente visado de residencia y/o trabajo o de estancia por estudios.

Dicho de otra manera, para ingresar como turista no necesita visado, pero si lo requiere cuando su intención es residir, trabajar o estudiar en el territorio español.

En esos casos existen varios tipos de visado, por ejemplo:

Residencia no lucrativa

En los casos cuando no se tenga la intención de lucro durante la residencia no es necesario que se realice ningún trámite ante las autoridades.

Residencia y trabajo por cuenta ajena

Aquí el empresario o empleador debe solicitar la autorización correspondiente para que se permita la permanencia en el territorio español.

Residencia y Trabajo por Cuenta Propia

Esta es una autorización especial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia que podrá obtener un trabajador que se halla en España al menos un año en situación de residencia.

Reagrupación Familiar

En los casos que se refiera a una reagrupación de la familia, el familiar deberá presentar previamente la solicitud de Reagrupación Familiar ante la correspondiente oficina de extranjeros en España

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