Cuando de la residencia de familiares de ciudadanos españoles o comunitarios hablamos, lo usual es pensar que su trámite es mucho más sencillo. Esta afirmación, aunque cierta no es infalible, ya que pueden presentarse casos en los que la llamada Tarjeta Comunitaria sea denegada.
Este inconveniente suele presentarse por dos causas muy comunes relacionados con los medios económicos y el seguro médico, veamos.

La Tarjeta Comunitaria: ¿Qué es?
Para entrar en contexto, empecemos por recordar que los familiares de un ciudadano español o comunitario, que no posean nacionalidad de alguno de los Estados miembros y deseen vivir con él en España por más de tres meses, se encuentran obligados a obtener la llamada tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.
Ahora bien, si cumple los requisitos necesarios y le conceden este documento, el familiar del ciudadano español o comunitario podrá, trabajar tanto por cuenta ajena, salvo que se trate de ascendientes o hijos mayores de 21 años, ya que a estos se les otorgará esta tarjeta por encontrarse a cargo del ciudadano español. Asimismo, vale señalar que la Tarjeta de Familiar de Comunitario tiene una duración de 5 años.
Como se puede deducir, este permiso resulta ser bastante conveniente, por las ventajas que reporta. Pero será concedida en la medida en las que se reúnan los requisitos exigidos por la normativa.
Requisitos para la obtención de la tarjeta comunitaria
Los requisitos que a continuación señalaremos suelen ser muy sencillos de cumplir. No obstante, esto no implica que estén libres de inconvenientes.
El primer requisito consiste en que, el familiar debe venir a España con la intención de acompañar o reunirse con un ciudadano español o de la Unión (incluyendo los Estados parte del Espacio Económico Europeo), con derecho a residencia por tiempo superior a tres meses.
Por su parte, el ciudadano español o comunitario también debe cumplir una serie de condiciones. Así destaca que debe ser trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia en España. En su defecto, deberá contar con recursos económicos suficientes, para sí y su familia. Esto evitará que sea una carga para la asistencia social de España durante su residencia.
Otra exigencia es que deberá tener un seguro de enfermedad, sea este público o privado, contratado en España. Pero si se ha contratado en otro país, deberá cerciorarse de que proporcione cobertura en España equivalente a la prestada por el Sistema Nacional de Salud.
Ahora bien, la evaluación sobre la suficiencia de medios económicos se realizará de forma particular, es decir, atendiendo a la situación personal y familiar de cada solicitante.
El ciudadano español o de la Unión, también podrá ser estudiante matriculado en un centro educativo reconocido o financiado por la administración educativa. También en estos casos deberá contar con un seguro de enfermedad con las características antes señaladas. Además, deberá declarar que posee los recursos económicos suficientes para sí y los miembros de su familia.
Medios económicos y seguro médico: importantes requisitos
Como señaláramos antes, los requisitos a simple vista parecen ser sencillos de reunir. Pero no faltan las solicitudes de este tipo que han sido denegadas al fallar la acreditación de dos aspectos fundamentales: la disponibilidad de medios económicos y la contratación de un seguro médico.
Medios Económicos
Poder demostrar la disponibilidad de los medios económicos se constituye en uno de los elementos de mayor relevancia en estas solicitudes. En tal sentido, se ha convertido en una de las principales causas de denegación de la Tarjeta Comunitaria.
Para que esto no le ocurra, recuerde que el ciudadano comunitario debe tener un trabajo, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia. También podrá tratarse de un estudiante, y realizar una declaración responsable de disponibilidad de medios económicos. Valdrá también si puede justificar la existencia de medios económicos.
Es oportuno destacar, que en ningún caso se requiere tener una determinada antigüedad en su trabajo, tampoco que se devengue un monto mínimo en ese trabajo. En este orden de ideas, es suficiente acreditar que al momento de tramitar la solicitud de la Tarjeta Comunitaria posee medios económicos, trabaja o es estudiante.
Seguro Médico
Al respecto, lo esencial con este requisito es que el ciudadano comunitario cuenta con seguro médico y que además, el familiar interesado en la Tarjeta Comunitaria tiene cubierta la asistencia sanitaria. Para ello, podrá aportar a la solicitud una Tarjeta Sanitaria pública o tener un Seguro Médico privado.
En este último caso, será imprescindible que el seguro sea con cobertura total, sin copago y sin carencia. Por lo tanto, deberá probarse que goza de las mismas coberturas que con la asistencia sanitaria pública.
Familiares que pueden optar por la tarjeta comunitaria
Teniendo clara la importancia de los requisitos antes explicados, consideramos necesario hacer un breve repaso por los familiares que efectivamente pueden solicitar la Tarjeta Comunitaria.
Conseguimos así al Cónyuge y a la pareja debidamente inscrita en un registro público de algún Estado miembro de la Unión.
También podrán optar a la tarjeta, los hijos del ciudadano español o comunitario, menor de 21 años o mayor de esta edad si se encuentra a cargo del ciudadano comunitario o es incapaz. En igual condiciones de dependencia, podrán solicitar este permiso los ascendientes directos del ciudadano comunitario o los de su cónyuge o pareja registrada.
Desde el año 2015, se amplió el abanico de familiares que pueden solicitar esta tarjeta comunitaria. De esta manera, se dio a conocer el término familia extensa. Así se incluye a los familiares, con total independencia de su nacionalidad, que se reúnan con el ciudadano español o comunitario que logren demostrar, fehacientemente que, en el país de procedencia, se encuentran a cargo de dicho ciudadano. Pero, también podrá solicitarse la tarjeta comunitaria en casos graves de salud o de discapacidad, que hagan estrictamente necesario que el ciudadano comunitario se haga cargo del cuidado del miembro de la familia. Como se puede evidenciar de toda la información anterior, es sencillo que tanto el ciudadano comunitario como su familiar extranjero reúnan los requisitos exigidos. No obstante, los más importantes de reunir y sobre todo de demostrar son los relacionados a los medios económicos suficientes y la tenencia de un seguro médico. Por lo que es importante, prestarle especial atención a los medios de prueba que se aporten en la solicitud.